Un juzgado de Albacete exonera más de un millón de euros

Deuda pública

Más de un millón de euros de deuda exonerados a una sola persona: 993.923,10 € repartidos entre ocho bancos y 35.607,91 € de Hacienda y la Seguridad Social. Lo dictó en mayo la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Albacete, y el auto se ha publicado ahora en el Boletín Oficial del Estado, dentro de los edictos judiciales.

El desglose: casi un millón solo de bancos

La mayor parte de los 1.029.531,01 € exonerados corresponde a préstamos y otras obligaciones con entidades financieras: 993.923,10 € entre ocho bancos —BBVA, Banco Sabadell, Santander, Bankinter, CaixaBank, Caja Rural de Albacete, Ciudad Real y Cuenca, y Unicaja—. Es el perfil más habitual: no una sola deuda grande, sino varios productos acumulados con distintas entidades a la vez.

La deuda pública: el límite, en un caso real

Aquí está la parte que más enseña. El juzgado exoneró 13.058,32 € de la Agencia Tributaria y 22.549,59 € de la Tesorería General de la Seguridad Social: 35.607,91 € de deuda pública cancelada.

Pero no fue todo. Quedaron fuera de la exoneración 4.728,16 € de Hacienda y 23.676,45 € de la Seguridad Social: 28.404,61 € que la persona sigue debiendo pese a haberse acogido al mecanismo.

Es el ejemplo más claro de algo que conviene tener siempre presente: el límite de la deuda pública es real, no es "todo o nada". Se exonera hasta un importe por cada acreedor público, y el resto sigue vivo. Lo explicamos con más detalle, junto a la doctrina del Supremo sobre intereses y recargos, en nuestro análisis de esas sentencias .

Lo que no desaparece: las hipotecas

Parte de la deuda con Santander y con Caja Rural estaba vinculada a ejecuciones hipotecarias. El auto deja constancia expresa de que la exoneración no afecta a las garantías reales: el beneficio de segunda oportunidad no borra por sí solo una hipoteca ni los derechos que el banco mantiene sobre el bien que la garantiza.

Es un matiz que se pasa por alto con frecuencia. Cancelar deudas personales es una cosa; una hipoteca en vigor, mientras siga habiendo bien que la respalde, es otra distinta.

Todavía no es firme

El auto es de 29 de mayo de 2026 y su publicación en el BOE ahora forma parte de las comunicaciones del procedimiento. Sigue cabiendo recurso de apelación, y como cualquier exoneración, puede revocarse si más adelante concurre alguno de los supuestos que prevé la ley.

Con todo, la cifra reconocida —más de 1,02 millones de euros, de los que casi 994.000 € son deuda con bancos— es de las más altas que hemos visto publicadas este año, y confirma que el mecanismo funciona igual de bien fuera de las grandes ciudades: aquí, ante un juzgado de Albacete.

La misma doctrina, en sentencias nuestras

El límite de la deuda pública y su tratamiento aparecen también en resoluciones obtenidas por el despacho.

Publicamos casos reales con el juzgado, el desglose de acreedores y lo que resolvió cada auto, en la página de sentencias.

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Aviso: este contenido es informativo y no constituye asesoramiento legal. Cada situación debe valorarse individualmente.

Referencia: Auto de la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Albacete, de 29 de mayo de 2026, publicado en el Boletín Oficial del Estado.

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Preguntas frecuentes

Sí. En este caso se exoneraron 35.607,91 € de deuda pública, pero la persona siguió debiendo 28.404,61 € a Hacienda y la Seguridad Social, porque el límite legal no cubre la totalidad. Es un ejemplo real de cómo funciona ese límite en la práctica.

No. El auto de Albacete deja expresamente establecido que la exoneración no afecta a las garantías reales, como las hipotecas. El banco conserva sus derechos sobre el bien que la garantiza aunque se cancele el resto de la deuda personal.

No. El auto es de mayo de 2026 y todavía cabe recurso de apelación. Además, como cualquier exoneración, podría revocarse si más adelante concurriera alguno de los supuestos que prevé la ley.

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