192.178,25 €
Quince años de deuda y 30.000 € solo en costas
Diecisiete créditos, el más antiguo de 2010. El Tribunal de Instancia de Madrid extendió la exoneración incluso a la deuda municipal.
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Reformas legales, sentencias y guías prácticas sobre la cancelación de deudas en España. Vamos añadiendo contenido con regularidad.
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Diecisiete créditos, el más antiguo de 2010. El Tribunal de Instancia de Madrid extendió la exoneración incluso a la deuda municipal.
Ver la sentencia127.707,42 €
Once acreedores y tres administraciones públicas. El plan de pagos aprobado fue de 50 euros al mes.
Ver la sentencia43.818,47 €
Bancos, la compañía de la luz y un fondo de recobro. Incluso los que ni comunicaron su crédito quedaron cancelados, con el criterio vigente entonces.
Ver la sentencia41.796,72 €
Diez créditos reconocidos. El juzgado inaplicó el artículo 491 por considerarlo contrario a la Constitución.
Ver la sentencia39.296,17 €
Comisiones de TPV acumuladas y un préstamo con aval público del 80%. El auto lo incluyó entre los créditos exonerados.
Ver la sentencia37.836,08 €
Diecinueve acreedores. El auto nombró expresamente la deuda con la Tesorería y la declaró exonerada.
Ver la sentencia35.569,02 €
Diez préstamos de consumo, el 59% ya vendido a un fondo de recobro. El juzgado concluyó que no hubo culpa.
Ver la sentencia19.016,91 €
Crédito al consumo encadenado. El auto ordena a las entidades comunicar la cancelación a los ficheros de morosidad.
Ver la sentenciaCada ficha lleva el juzgado, la fecha, el desglose de acreedores y lo que resolvió el auto. Están todas en la página de sentencias
Publicaciones
Todo lo que publicamos desde el despacho: doctrina del Tribunal Supremo, criterios de los juzgados, cambios en la ley y guías sobre cómo funciona el procedimiento.
El TSJ de Madrid obliga al INSS a reconocer el complemento por jubilación demorada a un autónomo: una deuda exonerada se considera extinguida, no pendiente.
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Leer artículo completoCuéntanos tu caso y te decimos, sin compromiso, si puedes acogerte a la ley.
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